Se podrá determinar la exención total o parcial del módulo de Formación en Centros de Trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral.
Podrán solicitarlo aquellos alumnos matriculados en dicho módulo que acrediten una experiencia laboral de, al menos, un año de trabajo tiempo completo. Dicha experiencia debe estar relacionada con el ciclo formativo en el que se hallen matriculados.
Podrán solicitarlo aquellos alumnos matriculados en dicho módulo que acrediten una experiencia laboral de, al menos, un año de trabajo tiempo completo. Dicha experiencia debe estar relacionada con el ciclo formativo en el que se hallen matriculados.
Procedimiento
La Dirección de Área Territorial resolverá y comunicará su decisión al Director del centro público, quien informará al interesado. PlazosHasta un mes antes del inicio de la FCT. NormativaArtículo 40 de la ORDEN 2694/2009, de 9 de junio, por la que se regula el acceso, la matriculación, el proceso de evaluación y la acreditación académica de los alumnos que cursen en la Comunidad de Madrid la modalidad presencial de la formación profesional del sistema educativo establecida en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. |